20 días para alegar a los cambios a Ley de Caza de Castilla-La Mancha
La Consejería de Agricultura acaba de abrir un plazo de 20 días de información pública, contados a partir de mañana 31 de enero, para que se puedan presentar las alegaciones que cada cual estime oportunas al borrador de modificaciones a la Ley de Caza de Castilla-La Mancha.
Los cambios del borrador abarcan a una parte importante del artículado. Así, por ejemplo, el artículo 8, que es en el que se habla de la responsabilidad de los daños por especies cinegéticas, se adapta a la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha. En su nueva redacción, bastante más simple, se dice que los titulares de los aprovechamientos cinegéticos serán responsables de los daños causados en las explotaciones agrarias por las piezas de caza que procedan de sus acotados y que subsidiariamente serán responsables los propietarios de los terrenos que conforman el coto.
La exposición de motivos ofrece un amplio resumen de las modificaciones propuestas por el Gobierno.
También se aprovecha para modificar la Ley 9/2012 de Tasas de Castilla-La Mancha y aprobar una exención de la tasa para la licencia de caza y pesca para los mayores de 65 años; o la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza para potenciar la lucha contra el uso ilegal de venenos.
Las alegaciones pueden presentarse en los registros de la Administración y también será admitida su entrada al correo electrónico dgpfen@jccm.es.

Publicada la Ley de Caza de Castilla-La Mancha. Endurece las sanciones a prácticas agrarias contrarias a la conservación de las especies silvestres.
En el Diario Oficial de la región aparece publicada, hoy 12 de marzo, la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. Entre los muchos objetivos de la Ley se contempla el establecimiento de las condiciones para que las prácticas agrarias que indicen directamente en las cinegéticas se realicen de manera compatible con las estrategias y planes de conservación y con otras actividades que se llevan a cabo en el medio rural. No obstante, este objetivo queda en la norma apenas cubierto con un apartado en su artículo 13, que dicta que el Gobierno de Castilla-La Mancha fomentará el uso de prácticas agrícolas, ganaderas, forestales y cinegéticas que persigan la conservación y mejora del hábitat, así como la defensa de la pureza genética de las especies cinegéticas, dejando a una posterior regulación reglamentaria las prácticas incompatibles con estos fines. Leer Más…








