Desde el día 1 de octubre los trabajadores autónomos, incluidos los agrarios, deben realizar todos sus trámites con la seguridad social por vía electrónica

Unión de Uniones recuerda que según la Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo que modifica la Orden ESS/484/2013 reguladora del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) en el ámbito de la Seguridad Social, a partir del próximo 1 de octubre de 2018, todos los trabajadores por cuenta propia o autónomos deberán incorporarse a dicho Sistema para realizar todos sus trámites con la seguridad social a través de vía electrónica. La gestión puede hacerse bien directamente, o a través de alguna entidad autorizada RED.
El trabajador autónomo dispondrá de un período transitorio de seis meses desde la entrada en vigor de la norma para que la obligación del uso de medios electrónicos sea efectiva. Los autónomos tienen seis meses, desde el 1 de abril, para prepararse.
La nueva norma afecta a todos los trabajadores autónomos por cuenta propia o autónoma, incluidos aquellos que están en el Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA), y les obliga a gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. Incluye la recepción, por comparecencia en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La Orden Ministerial fija un período transitorio de adaptación de seis meses desde su entrada en vigor. Por tanto, la obligación será efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que en esa fecha se encuentren en alta en los regímenes afectados. ¡Ojo… que no se remitirá ningún aviso especial, ni recordatorio, por correo postal a los afectados!
Directamente o a través de autorizados.
Las gestiones por vía electrónica podrán hacerse a través de dos mecanismos diferentes:
- El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos).A través de este sistema, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED. Esta autorización para operar en el sistema RED en nombre de otros se concede a empresas, profesionales y demás sujetos que en el ejercicio de su actividad cumplimenten y presenten documentos de cotización en representación de los sujetos responsables de la obligación de cotizar.
- La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios permiten también la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE).
Para acceder a la gestión electrónica será necesario disponer de un certificado digital electrónico, del DNI electrónico, o bien estar dado de alta en el Sistema Cl@ve; y se podrán tramitar: altas y bajas, pedir cambios de cotización, modificar la actividad o las coberturas, así como solicitar informes sobre cotizaciones, vida laboral, etc.
Además, en el sistema, las notificaciones que la Seguridad Social tenga que hacer llegar al interesado se realizarán a través de una plataforma especial de Servicio de Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas, donde el autónomo (o el autorizado RED que le lleve la gestión) deberá darse de alta.
De manera que, desde Unión de Uniones, recomendamos que antes del 1 de octubre todos los autónomos, insistimos que también los agrarios, realicen todos los pasos necesarios y preparativos para no tener problemas en las gestiones para con la Seguridad Social, con la entrada en vigor de esta nueva obligación.