Publicadas las prórrogas de plazos de la PAC 2020

PAC 2020 solicitudes

Unión de Uniones informa que hoy se publica la Orden APA/377/2020, de 28 de abril, por la que se modifican, para el año 2020, diversos plazos de la PAC establecidos en los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, para adaptarlos a la situación creada por el estado de alarma por COVID19.

Tras la autorización que otorgó Bruselas a los Estados miembros para apurar todo lo posible los plazos de la PAC y permitir a agricultores y ganaderos presentar sus declaraciones en las actuales circunstancias de confinamiento -que dificultan todos los procedimientos- se publica hoy la Orden ministerial que amplía los períodos de presentación y modificación de solicitudes y de cambios en el SIGPAC, así como las fechas en las que las Comunidades Autónomas deben notificar a la Administración Central determinadas informaciones relativas a estas ayudas.

En definitiva, el plazo para la presentación de la PAC este año será el 15 de junio. Recordamos que sigue siendo posible presentar la solicitud fuera de plazo hasta 25 días naturales después, con una reducción de las ayudas que correspondan del 1% por día hábil de retraso, salvo que el retraso se produzca por caso de fuerza mayor.

En cuanto a las modificaciones de la PAC, para cambiar o incluir nuevos regímenes de pagos directos o medidas de desarrollo rural o añadir parcelas individuales o derechos de pago individuales, se podrán hacer hasta el 30 de junio.

Conviene tener en cuenta que éstas prorrogas se aplican también a todos aquellos trámites que se relacionan con la fecha de finalización o de modificación de la PAC.

Por ejemplo, hasta el 15 de junio se presentan las solicitudes de derechos a la Reserva Nacional, que igualmente se pueden entregar hasta 25 días naturales pasado el plazo, pero con una reducción del 3% de los derechos a conceder por día hábil de retraso.

Relacionado también con la Reserva, se establece el 30 de junio como la fecha en la que los solicitantes de derechos tienen que tener a su disposición las tierras en base a las que piden dichos derechos y, asimismo, las tierras que se tengan en esa fecha serán las que sirvan de referencia para calcular los derechos que se concedan por ser joven o nueva agricultor.

En cuanto a las comunicaciones de cesiones o transferencias de derechos para la PAC 2020, su plazo se cierra el 30 de junio.

Y, de igual forma, las alegaciones al SIGPAC, para que sean tenidas en cuenta en esta campaña 2020, tendrán que registrarse antes del 30 de junio; aunque las Comunidades Autónomas podrían variar dicha fecha.

El resto de los cambios tienen que ver con las comunicaciones que las autoridades regionales tienen que hacer a la Administración Central sobre las solicitudes presentadas o las estadísticas de control.

Unión de Uniones pide a las administraciones que hagan un esfuerzo adicional esta campaña para que, además, pese a esta situación, estén en disposición de hacer efectivos los anticipos de la PAC a partir del 16 de octubre.

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