RESPONSABILIDAD SOCIAL Y FOMENTO DE CONTRATACIÓN RESPONSABLE EN EL SECTOR AGRÍCOLA
INFORMACIÓN BÁSICA PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS EXTRACOMUNITARIAS RESIDENTES EN ESPAÑA Y QUE NO DISPONEN DE AUTORIZACIÓN DE TRABAJO O RESIDENCIA.
Es posible que la persona disponga de permiso de residencia no lucrativo (sin autorización para trabajar) o que carezca de autorización de residencia y trabajo.
DISPONE DE PERMISO DE RESIDENCIA NO LUCRATIVO.
Si la persona lleva un año residiendo en España con una residencia no lucrativa, se puede solicitar la MODIFICACIÓN de su permiso de residencia para poder trabajar legalmente en España con los siguientes requisitos:
• Un año de residencia en España con residencia no lucrativa.
• Carecer de antecedentes penales en España.
• Contrato firmado por empresa y persona trabajadora que garantice una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar, con jornada de trabajo no inferior a 40 h semanales y de acuerdo con el salario mínimo interprofesional establecido.
• La empresa debe tener los recursos económicos suficientes para abonar el salario ofrecido.
• La empresa no podrá tener deudas con la seguridad social ni con hacienda.
Si la autorización de residencia no lucrativa que posee el ciudadano o ciudadana extranjera va a caducar, es importante que proceda a la renovación antes de tramitar su modificación.
NO DISPONE DE PERMISO DE RESIDENCIA.
Tiene la posibilidad de solicitar un ARRAIGO SOCIAL CON AUTORIZACIÓN DE TRABAJO. El proceso de solicitud y la resolución del permiso varía según se prolongue la resolución del informe de arraigo (puede llegar hasta los 2 meses) y, una vez presentada la solicitud del permiso, lo que tarde en resolverse (hasta los 3 meses).
• Tres años de residencia continuada en España.
• Vínculos familiares con otras personas extranjeras residentes o presentar un informe de arraigo que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma.
• Contrato de trabajo firmado por la persona trabajadora y empresa que garantice al menos el salario mínimo interprofesional. En el sector agrario, se podrán presentar dos o más contratos con distintos empleadores y concatenados cada uno de ellos.
• La empresa debe tener los recursos económicos suficientes para abonar el salario ofrecido.
• La empresa no podrá tener deudas con la seguridad social ni con hacienda.
Esta guía se enmarca en el programa “Fomento de la cultura emprendedora, del autoempleo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas” que financia el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
El sector agroalimentario en España tiene un papel determinante desde diferentes puntos de vista: económico, social, de reequilibrio territorial, como generador de empleo y oportunidades.
Hay que poner en valor también el esfuerzo del sector agrario en su conjunto, en el marco de una crisis económica, como generador de oportunidades laborales y de integración social, especialmente con los colectivos más desfavorecidos.
Es necesario que la enorme diversidad de empresas, en su mayoría pequeñas, o agricultores como autónomos, den continuidad en sus prácticas laborales a los valores de la responsabilidad social en la contratación como base de una sociedad cada vez más cohesionada y la promoción de la igualdad efectiva de trato y de oportunidades.
Siendo referencia la Estrategia Española de Responsabilidad Social en las Empresas, y compartiendo sus objetivos, esta guía dará concreción y nociones para una aplicación en gestiones cotidianas de prácticas responsables socialmente en la contratación en el sector agrario, con el fin de avanzar en un modelo de gestión que vele por el desarrollo de las personas. Por tanto, es básica su difusión entre las empresas del sector agroalimentario. Es necesario que la sociedad tenga esta visión del sector como modelo generador de prácticas responsables en diferentes ámbitos, también en el laboral, siendo su máxima expresión el respeto a los derechos humanos.
El fomento de la contratación responsable en el sector agrario tiene también su base en los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), en concreto con el “Fin de la pobreza, puesto que quiere incidir en la protección social de las personas en situación de pobreza o vulnerabilidad social” (objetivo 1), y por otro, centrado en el “Trabajo decente y crecimiento económico puesto que se busca mejorar las condiciones laborales (trabajo seguro y sin riesgos) y garantizar los derechos laborales, en particular de las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios” (objetivo 8).
Actividad financiada por la Dirección General del trabajo autónomo, la economía social y de la responsabilidad social de las empresas