Gota fría: a la agricultura afectada solo van 13 millones de euros en ayudas

Este sábado, se ha publicado el Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, aprobado en el Consejo de Ministros del viernes, que establece algunas medidas de urgencia por los temporales y los graves incendios de esta primavera-verano. En lo que afecta a los agricultores y ganaderos que han sufrido daños por la gota fría, el presupuesto en ayudas que se piensa destinar es de 13 millones de euros. A esta cifra habría que sumar el efecto de las rebajas de módulos fiscales que se aprueben o el de alguna otra medida (subvención de avales o exención de IBI) que pueda aplicarse al sector agrario. En todo caso, y en opinión de Unión de Uniones, una escasísima cuantía en comparación con las pérdidas ocasionadas y que, además, sólo llegará en la práctica a  quien tenga suscrito seguro agrario o lo suscribiera el año pasado y aún pueda hacerlo esta campaña. Las ayudas deberán ser todavía desarrolladas normativamente para poder ser efectivas.

El Real Decreto-Ley 11/2019, declara como “zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» a las provincias y comunidades autónomas que han sufrido temporales, inundaciones, incendios forestales y otras catástrofes naturales desde el pasado 1 de abril.

En cuanto a los incendios, los que quedan incluidos en el ámbito de la norma son los acaecidos en Tarragona, Lleida, Madrid y Toledo del mes de junio y los de Gran Canaria en agosto. También entrarían las inundaciones y granizos en Navarra y Ourense a primeros de julio.

En cuanto a los sucesos de la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) o “gota fría”, el Real Decreto-Ley contempla específicamente los siguientes:

  • Comunidad de Madrid, las provincias de Zaragoza y Cáceres, la Comunidad Autónoma de La Rioja, las provincias de Segovia, Valladolid, Ávila, Toledo, Ciudad Real, Alicante, Castellón, Valencia, Lleida, Sevilla y Málaga, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Comunidad Autónoma las de Illes Balears, como consecuencia de los episodios de fuertes lluvias ocurridos los días 25, 26 y 27 del mes de agosto de 2019.
  • Las provincias de Albacete, Alicante, Valencia, Almería, Málaga y Granada, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Comunidad Autónoma de Illes Balears y la Comunidad de Madrid, por los graves sucesos causados por la DANA los días 9 a 16 del mes de septiembre de 2019 (fechas actualizadas en base a la Corrección de errores del Real Decreto-ley 11/2019, publicada en el BOE el 2 de octubre de 2019).

Esto de momento… aunque desde Unión de Uniones de Castilla-La Mancha se considera necesario ampliarlo a nuevos episodios catastróficos que se han seguido produciendo durante septiembre después de esas fechas.

Para todo, 774 millones de euros… para la agricultura 13.

El Gobierno ha informado que este acuerdo contempla una dotación extraordinaria de 557,7 millones de euros en ayudas (para reparaciones de viviendas o establecimientos y ayudas agrarias); aunque a esta cantidad habría que sumar 130,2 millones en actuaciones de la Administración General del Estado (para reparación de infraestructuras, restauraciones forestales y cuestiones similares), 58,4 millones de euros en exenciones y bonificaciones en materia de empleo y Seguridad Social y 28,06 millones en beneficios fiscales (IAE e IBI). Es decir, en total unos 774 millones de euros.

De esta cifra, lo que se prevé para ayudas a las explotaciones agrarias, se cifra en 13 millones de euros, aunque el Gobierno considera que el mayor apoyo para este sector vendrá del Sistema de Seguros Agrarios. De hecho, siguiendo su principio de que “lo asegurable no es indemnizable”, las medidas para la agricultura y ganadería son, más que nada, un complemento del seguro agrario.

Ayudas a daños en la producción agrícola y ganadera.

El Real Decreto-ley lo que contempla es conceder ayudas a los daños en las producciones agrícola o ganaderas cuando se den estas circunstancias:

  • Que hayan sufrido pérdidas superiores al 30 % de su producción,
  • Que tengan contratado el seguro para la campaña anterior y que no lo hayan suscrito en la presente porque no se había abierto aún el plazo o porque aún no se había cerrado en el momento de la catástrofe.

También podrán obtener ayudas, se tenga o no se tenga seguro, por los daños a la producción sufridos que no sean asegurables o no estén incluidos en el Plan de Seguros Agrarios.

Le corresponderá al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con las comunidades autónomas, establecer el procedimiento para la determinación de todas las ayudas previstas en este artículo y la cuantía máxima de las mismas.

Ayudas a daños en las explotaciones agrarias.

En cuanto a los daños ocasionados a las instalaciones u otros elementos, también se podrá optar a ayudas; pero en condiciones muy similares al caso anterior; es decir, solo cuando se tenga seguro agrario y sólo para lo que no es asegurable; o bien si no se tiene el seguro esta campaña y si la anterior, pero cuando sucedió el siniestro o aún se estaba en plazo de contratarlo o todavía no se había abierto.

En estos casos, la subvención podrá llegar hasta el 70% de los daños valorados por un perito colegiado y con un máximo de 8.000 euros, sin que, en ningún caso, la suma de esta subvención y cualquier otra subvención o ingreso público o privado a que se tenga derecho pueda superar el valor del daño o perjuicio producido. Cuando los destrozos se hayan producido en caminos, el informe pericial deberá contener, en todo caso, un croquis de los caminos afectados de acuerdo con la información registrada en el (SIGPAC). Podrán computarse como gasto subvencionable los honorarios derivados de la elaboración del informe hasta un máximo de 300 euros.

De momento, ni hay plazo, ni procedimiento establecido para solicitar estas ayudas, porque se tendrán que fijar mediante una norma que aún tiene que salir. En todo caso, conviene ir recopilando informes, fotos, facturas de las reparaciones más urgentes que haya que realizar y toda la documentación que pueda ser necesaria, con objeto de tener preparada una evaluación de los daños que se pueda justificar cuando el trámite se habrá.

Otras medidas

Por otro lado, también se han puesto en marcha otro tipo de medidas que suelen activarse siempre en situaciones de este tipo.

Se declara, por ejemplo, la exención del Impuesto de Bienes Inmuebles de 2019 (y también para 2020 en caso de que se repitan los siniestros) para viviendas, establecimientos, explotaciones agrarias o locales de trabajo; pero nuevamente en el caso de las explotaciones agrarias solo se tendrá derecho a la exención si la cobertura del siniestro no resulta posible mediante fórmula alguna de aseguramiento público o privado… lo que realmente no deja mucho margen para que esta medida sea aplicable.

Luego habrá reducciones del Impuesto de Actividades Económicas, que no pagan la inmensa mayoría de los agricultores, aunque algunos tipos de ganaderías si están sujetas al mismo; y no se cobrarán las tasas de Tráfico cuando se tengan que dar de baja vehículos o pedir duplicados de la documentación por culpa de los siniestros.

En lo que respecta a los temas de seguridad social, lo previsto es, nuevamente, lo habitual; exoneración, si se cumplen las condiciones, de las cuotas empresariales de la seguridad social por períodos en los que se tenga que suspender contratos temporalmente o reducir las jornadas de los trabajadores y el pago de las indemnizaciones por despido por parte del Fondo de Garantía Salarial.

En cuanto a los autónomos, una moratoria de un año en las cuotas a la seguridad social, desde el mes en que se produjo el siniestro.

Y completan el “pack gubernamental de catástrofes”, las reducciones de los módulos fiscales que tendrá que decidir Hacienda y las ayudas que se pondrán en marcha para financiar el coste de los avales de SAECA, cuando se acuda a esta entidad para garantizar créditos.

Novedad: Cese de Actividad para los autónomos.

Lo que si constituye una cierta novedad es que, a los autónomos, incluidos los agrarios, se les facilita la percepción de la prestación por cese de actividad (el conocido como “paro” de autónomos). No obstante, se tiene que estar cotizando por esta prestación, que si bien desde el 1 de enero es obligatoria para los agricultores del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), siguen siendo voluntaria para los que están en el apartado particular dentro de autónomos del SETA (Sistema Especial de Trabajadores Agrarios, por cuenta propia).

Recordamos que esta prestación se puede conceder también por situaciones de cese temporal de la actividad sobrevenidos por fuerza mayor como consecuencia de (entre otras causas) daño en las explotaciones agrarias o ganaderas, durante el tiempo imprescindible para la recuperación de las mismas.

Entre las diversas condiciones que hay que cumplir está la de haber satisfecho un período mínimo de cotización para esta prestación de 12 meses continuados y anteriores al cese; pues bien, el Real Decreto-Ley de medidas excepcionales por la DANA dice que a los afectados por los siniestros que ampara la norma se les considerará como cumplido el requisito de periodo mínimo de cotización de doce meses anteriores.

Hasta ahora, la verdad es que muy pocos agricultores han solicitado esta prestación desde que se puso en marcha con carácter ordinario allá por 2012. El último dato desagregado, que es del primer semestre de este año, dice que han solicitado esta presentación 43 agricultores del SETA en España, de las que se les ha reconocido sólo a 13, con un importe medio de 750 euros mensuales.

Para Unión de Uniones de Castilla-La Mancha este va a ser un test importante para esta medida y veremos si es capaz de responder a una situación crítica como ésta o si, la burocracia y las exigencias, hace que en la realidad la prestación por cese de actividad se queda en papel mojado.

¿Fondo de solidaridad europeo?

España podría (el Ministro Planas ha anunciado que lo va a estudiar) reclamar el apoyo del Fondo de Solidaridad Europeo, previsto para este tipo de casos y al que España no ha acudido nunca hasta ahora; pero tendría que demostrar que la catástrofe en cuestión ha provocado unos daños mínimos de 3.514 millones de euros, o bien, que se han superado los umbrales de daños previstos para cada región. En este último caso para Castilla-La Mancha serían, por ejemplo, unos 580 millones de euros, o para la Comunidad Valenciana, por citar una de las más afectadas, estaría en cerca de 1.600 millones de euros).

Habrá que esperar a la evaluación final de daños, pero son topes muy altos, si lo que se tiene en cuenta son episodios aislados y no un conjunto de catástrofes acaecidas en un corto período, como es el caso.

De todas formas, este fondo estaría destinado a reposición de infraestructuras, limpieza de áreas, financiar rescates y cuestiones similares… y, además, está limitado en principio a daños no asegurables (o sea, más de lo mismo) y no compensa las pérdidas privadas.

Las catástrofes y el Seguro Agrario.

Para Unión de Uniones de Castilla-La Mancha hay una falta total de respuesta del Gobierno -y no lo olvidemos, también de las Comunidades Autónomas- proporcionada a la magnitud de las catástrofes que hemos vivido, al menos en lo que a los daños en el sector agrario se refiere. Se salva, hay que reconocerlo, el esfuerzo público, en mantener el Sistema de Seguros Agrarios, que ha supuesto de media en los últimos años cerca de 240 millones de euros anuales de ENESA, más otros 70 de las Comunidades Autónomas, para apoyar la contratación del Seguro Agrario. El Sistema ha permitido indemnizar al sector por los siniestros sufridos cantidades variables entre los 450 y los 730 millones de euros desde 2012.

No obstante, desde la organización pensamos que hay que hacer una reflexión sobre si, actualmente, los seguros agrarios son suficientes para dar respuesta a este tipo de episodios tan generalizados cuando, por razones técnicas o del tipo que fueren, hay producciones (que en esta ocasión, como las hortícolas del levante, han sido muy afectadas) con un índice de contratación muy bajo.

Es más, si el Estado apuesta por el Seguro Agrario como respuesta casi única a estas contingencias en el campo, lo que no es de recibo es que el gasto extraordinario que supone compensar los daños cuando éstos se producen, sirva como excusa para replantear ajustes técnicos o subidas de tarifas que ponen en riesgo la propia existencia del sistema al perder atractivo para los agricultores y ganaderos… y eso está sucediendo. Las malas campañas de estos últimos años con la sequía y otras inclemencias, han sometido a un estrés al Sistema que ha sido aprovechado para aumentar las tarifas en varias líneas de seguros en el Plan 40º, ya antes de la DANA.

El estrés del Plan 40º, va a ser todavía mayor con la sequía y todas estas catástrofes ¿se va a seguir la senda de aumentar más las tarifas y recortar coberturas para ajustar financieramente el sistema?… Si le preguntan a Unión de Uniones de Castilla-La Mancha, contestamos que ESE NO ES EL CAMINO. Si el Estado pone en la cesta del Seguro Agrario todos los huevos de las ayudas al sector en este tipo de situaciones de emergencia y excepción, lo que tendrá que hacer es aumentar los presupuestos (y lo tendrán que hacer el Ministerio y las Comunidades Autónomas) y mejorar las condiciones de las pólizas para que asegurar sea interesante para los agricultores y ganaderos y que ésta sea, de verdad, una respuesta válida para compensarlo en situaciones de este tipo. Ahora, por desgracia, no siempre lo es.

Etiquetas: ,

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: