Compra de maquinaria agrícola: el Ministerio subvencionará el aval del préstamo con SAECA

Ayudas compra de maquinaria agrícola

Unión de Uniones informa que hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 244/2021, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de SAECA para préstamos destinados a la compra de maquinaria agrícola. Con esto se conocen las condiciones generales de estas ayudas, pero habrá que esperar a que en el BOE se recoja también la correspondiente convocatoria

A la nueva línea de subvenciones para avalar con SAECA la adquisición de maquinaria agrícola podrán optar tanto los titulares de explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria o las empresas de servicios agrarios. Hay que tener en cuenta que se trata de ayudas de estado amparadas por el régimen de mínimis, por lo que se aplica la limitación de que no se hayan percibido otras ayudas del mismo régimen que, en conjunto con estas, superen los 20.000 euros en tres ejercicios fiscales, para el caso de explotaciones agrarias.

Asimismo, la ayuda quedará limitada teniendo en cuenta que el MAPA subvencionará únicamente los costes del aval por un importe máximo de 100.000 euros y hasta un plazo de diez años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia. Además, éstas se concederán por riguroso orden de presentación de las solicitudes ante SAECA, hasta el agotamiento de los fondos disponibles que, según el presupuesto 2021 aprobado para el MAPA, sería de 3 millones de euros.

A continuación ofrecemos un resumen de las principales condiciones y requisitos.

Beneficiarios

Podrán acogerse a estas ayudas tanto los titulares de explotación que estén inscritos en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), ya sean personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, y también las agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las de defensa sanitaria ganadera. La principal condición es que suscriban avales con SAECA para la adquisición de maquinaria agrícola nueva que haya de inscribirse en ROMA:

Se se trata de explotaciones cuyo titular sea una entidad asociativa, sus miembros pueden pedir las ayudas individualmente.

Igualmente pueden optar a las mismas las personas o empresas que presten servicios agrarios y que estén registrados en el Impuesto de Actividades Económicas en los epígrafes 911, 912 o 851.

Requisitos

Para poder acceder a la subvención han de darse las siguientes condiciones:

  • Adquirir la maquinaria antes de transcurrido un mes de la fecha final del período de presentación de solicitudes (a determinar en la correspondiente convocatoria, que aún no ha sido publicada).
  • No superar los límites de las ayudas de mínimis obtenidas (en tres ejercicios fiscales, 20.000 euros para los titulares de explotación y 200.000 euros en el caso de empresas de servicio).
  • Debe tratarse de maquinaria agrícola nueva que haya de inscribirse en ROMA.
  • En el caso de agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura o agrupaciones de defensa sanitaria ganadera, la maquinaria deberá ser destinada a sus actividades específicas.
  • No estar incluida la maquinaria, según su tarjeta de inspección técnica, en alguna de las siguientes categorías: maquinaria para obras y servicios, equipos utilizados en la industria agroalimentaria, máquinas estacionarias o portátiles llevadas a mano, (aquellas que el operador transporta durante su utilización con o sin arnés).

Modo y cuantía de la subvención

Las ayudas consistirán en la financiación del importe total de la comisión del aval de SAECA y de la comisión de estudio del aval de SAECA, para garantizar los préstamos destinados a la compra de maquinaria agrícola.

Además de tener que respetar los límites impuestos por tratarse de ayudas de mínimis, el MAPA sólo subvencionará los costes del aval por un importe máximo de crédito de 100.000 euros y hasta un plazo de diez años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia.

El coste de los avales objeto de subvención será, para la comisión de estudio, el 0,50 % del importe avalado por una sola vez a la formalización del préstamo y, para la comisión del aval, el 1,15 % anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.

Es importante sabe que estas ayudas con compatibles con otras (procedentes de cualquier administración) destinadas a la misma finalidad; por lo tanto, se podrán combinar con las que se pongan en marcha del Plan RENOVE. La única condición es que la suma de todas las cantidades que se perciban superen el coste total de lo que se subvenciona.

Convocatoria y procedimiento

De momento, como ya hemos citado, no está la correspondiente convocatoria para este año. Esta está condicionada a la existencia de dotación presupuestaria, pero en 2021 no debería haber problemas ya que hay una línea abierta con hasta 3 millones de euros.

En todo caso, si que habrá que estar atentos a la apertura de la ventanilla, que siempre se producirá de manera que, a más tardar, las solicitudes se pidan el 1 de octubre de cada año.

El procedimiento de la solicitud de la ayuda está ligado a la propia solicitud del aval de SAECA y como documentación a aportar, además de la que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas, se tendrá que adjuntar una factura proforma de la maquinaria.

Examinada por el Ministerio dicha documentación, si se observan deficiencias, se concederá un plazo de 10 días hábiles para subsanar los problemas.

Selección de expedientes por orden de entrada

Una de las cuestiones con las que Unión de Uniones mostró su disconformidad durante el período de alegaciones de la norma fue el que se fueran aprobando ayudas hasta agotar el presupuesto según riguroso orden de presentación. Para la organización, tanto en ésta como en otras medidas, debería otorgarse prioridad a las solicitudes presentadas por agricultores y ganaderos profesionales, porque además, así lo dispone la Ley 19/1995 de modernización de las explotaciones agrarias… no obstante, el Ministerio no nos ha hecho caso, así que lo dicho: atentos a la convocatoria, de la que informaremos puntualmente en esta página.

Descargue aquí el Real Decreto 244/2021, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de SAECA para préstamos destinados a la compra de maquinaria agrícola
Foto de cabecera: «Agraria 2015» flickr photo by Feria de Valladolid https://flickr.com/photos/feriavalladolid/15839905744 shared under a Creative Commons (BY-NC-ND) license

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