El plazo para ejecutar la reestructuración de viñedo se amplía al 1 de julio en Castilla-La Mancha

Unión de Uniones informa a los viticultores que se encuentren en pleno proceso de reestructuración de viñedo en Castilla-La Mancha y que tienen que realizar operaciones anuales, que la Consejería de Agricultura ha ampliado el plazo de ejecución de las mismas hasta el 1 de julio próximo, inclusive.
Así se establece en la Orden 88/2019, publicada hoy, que modifica la orden de bases reguladoras de las ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo y las convoca para el año 2019 y 2020 y que otorgo 15 días más para llevar a cabo las operaciones (el plazo se cerraba el 15 de junio) ante el aumento de proyectos y los problemas que han surgido.
Según justifica la Consejería de Agricultura, en la campaña vitícola 2018/19 se han presentado del orden de 12.000 solicitudes, que son más o menos el doble de las que se han venido presentado en campañas precedentes. Este volumen ha implicado que las resoluciones de arranque no se hayan producido con la antelación que hubiera sido necesario para que los interesados pudieran cumplir con el resto de plazos que marca la norma. Hay que tener en cuenta que una vez que se concede el arranque, los viticultores tienen que solicitar la autorización de replantación de viñedo y que no pueden poner la viña hasta que esta autorización no sea, igualmente, resulta y notificada.
Esta circunstancia, junto con el hecho de que las lluvias de abril, sobre todo en algunas zonas de la región (Cuenca sobre todo) dificultaron las operaciones de plantación, han acortado el período del que han dispuesto que los viticultores que tenían prevista las operaciones para este año y se corría el riesgo de que llegase el fin de plazo para ejecutarlas (15 de junio) sin haber podido hacerlo. Este el motivo que ha llevado a la Administración autonómica a conceder un par de semanas más, hasta el 1 de julio.
Se debe también tener en cuenta que esa fecha es la que rige para que la Dirección técnica del proyecto comunique a la Administración la finalización de las operaciones y para solicitar la certificación y el pago de las mismas. Si se trata de operaciones bianuales, se mantiene de momento para el 2020 la fecha del 15 de junio.