La Consejería aclara las normas de Inspección de Equipos fitosanitarios para 2017
Hace unos días informábamos en este portal del plan de la Consejería de Agricultura para llevar a cabo las inspecciones sobre los equipos de aplicación de tratamientos fitosanitarios durante 2017.
En la Resolución de 20/12/2016, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, había una cuestión que no quedaba clara y que dejaba «en el limbo»a los equipos que cumplieran los 5 años de antigüedad durante el primer trimestre del año. ¿Por qué? pues porque en el primer punto del apartado 4 del Programa dice textualmente.
«. Todos los equipos, que alcancen 5 años de antigüedad durante el año 2017, deberán estar inspeccionados al menos una vez antes de llegar a la citada edad.»
Y sin embargo, en el punto 8, en sus últimos párrafos dice que el primer trimestre de 2017, «Las Iteaf autorizadas, realizarán exclusivamente inspecciones a todos aquellos equipos que, debiendo haber pasado la inspección obligatoriamente en un determinado trimestre del año 2016, no lo hicieron.»
Literalmente, con la redacción de ambos textos, deja sin poder pasar la inspección a los equipos que cumplan los 5 años en el primer trimestres. Puestos en contacto con la Consejería de Agricultura nos han remitido un correo en el que confirman que en breve publicarán una corrección de la resolución que recoge que durante el primer trimestre del año 2017, deberán pasar la inspección de forma obligatoria todos los equipos que no lo hicieron durante el pasado año y tendrían que haberlo hecho, y también deberán pasar la inspección aquellos equipos que cumplan los cinco años de antigüedad en el citado trimestre.
Pues aclarado queda.
En Castilla-La Mancha los equipos fitosanitarios tendrán que pasar Inspección en 2017 antes de cumplir 5 años.
- Hasta el 31 de marzo para que los alrededor de 3.000 equipos que no cumplieron con la inspección obligatoria en 2016 la cumplan este año y hasta entonces, de hecho, legalmente no podrán ser utilizados.
A lo largo de 2017 los equipos de aplicación de fitosanitarios que alcancen una antigüedad 5 años deberán pasar la correspondiente Inspección antes de llegar a dicha edad. Así lo dispone la Consejería de Agricultura a través de la Resolución que el día 30 de diciembre pasado se publicaba en el Diario Oficial de la región con el nuevo Programa de Inspecciones de los Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios de Castilla-La Mancha para el año 2017, que establece también la periodicidad de las mismas según la situación del equipo.
El plan relaciona los equipos que están obligados someterse a la Inspección Técnica (ITEAF) durante 2017, que son los siguientes:
- Los Equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios, inscritos en el ROMA y que correspondan a algunos de los siguientes géneros de máquinas:
- Pulverizadores hidráulicos (de barras o pistolas de pulverización).
- Pulverizadores hidroneumáticos.
- Pulverizadores neumáticos.
- Pulverizadores centrífugos.
- Espolvoreadores.
- Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.
- Equipos de aplicación montados a bordo de aeronaves, que deberán disponer de la mejor tecnología disponible para reducir la deriva de la pulverización.
Están excluidos los pulverizadores de mochila, los de arrastre manual (carretilla) con depósito de hasta 100 litros y el resto de equipos no contemplado en el listado anterior.
Todos los equipos anteriores deberán ser inspeccionados por primera vez en este año antes de que alcancen los 5 años de antigüedad.
Una vez que un equipo haya pasado su primera inspección, en el caso de tratarse de equipos “prioritarios” (que son los de empresas de servicios, ATRIAS, ADS y cooperativas o entidades con más de 10 miembros) tendrán que repetirla cada 3 años; aunque de hecho en la práctica todos los equipos tendrán que aplicarse inspecciones cada 3 años, sean o no prioritarios, ya que esta periodicidad se aplicará a partir del 2020.
Los controles se pasarán en alguna de las 56 ITEAF autorizadas por la Junta de Comunidades o bien en alguno de los 60 equipos móviles habilitados y no habrá, como el año pasado, una distribución por trimestres y comarcas,salvo algunas excepciones. En 2016, al tratarse de la primera vez que entraban en vigor este tipo de Inspecciones, en Castilla-La Mancha se debían realizar casi 25.000 revisiones. En 2017 el ritmo de inspecciones será menor y la Consejería ha considerado que no será necesario planificarlas.
No obstante, durante el primer trimestre de 2017 las ITEAF atenderán sólo a los equipos que, debiendo haber pasado la inspección el pasado año, no lo hicieran y ya el resto del año lo dedicarán a inspeccionar los equipos que vayan cumpliendo los 5 años de antigüedad.
¡Ojo quienes no hicieran la inspección obligatoria en 2016!, porque por un lado van a tener muchas más probabilidades de que se les incluya en los controles previstos de higiene de la producción primaria y uso de fitosanitarios y, además, mientras que no la hagan no podrán utilizar los equipos no revisados.
Hay que tener en cuenta que la Consejería de Agricultura contabilizó que en 2016 deberían haber pasado por las ITEAF casi 25.000 equipos y lo han hecho alrededor de unas 22.000, lo que significa que faltan todavía en el entorno de unos 3.000 aún.
Las sanciones que se podrían aplicar son las contempladas en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal y, en principio, la utilización y manipulación de medios de defensa fitosanitaria sin observar las condiciones de uso u otros requisitos exigidos (siempre que no se ponga en peligro la salud humana, la de los animales o el medio ambiente) tendría la consideración de una infracción leve, que podría acarrear multas de 300 y 3.000 euros.. que, además, podrían convertirse en coercitivas (es decir, repetirse hasta que se cumpla con la obligación cuyo inobservancia acarrea la sanción).
Por último recordar que somos los propios agricultores los que tenemos que ponernos en contacto con la ITEAF para hacer la revisión.
Castilla-La Mancha convoca las ayudas anuales al funcionamiento de Asociaciones de Sanidad Vegetal
Las Asociaciones de Sanidad Vegetal (ASV) pueden pedir desde hoy y hasta el próximo día 3 de septiembre las ayudas convocadas para el presente ejercicio por la Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha para su funcionamiento condicionado al asesoramiento en gestión integrada de plagas a los agricultores.
La Resolución de Convocatoria ha sido publicada hoy en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, mientras que la Orden de Bases Reguladoras ya se conoce desde el año pasado. En el mes de septiembre se publicó una corrección de errores de la convocatoria que, en realidad, lo que hacía era retrasar casi un par de meses el plazo (para llevarlo del 20 de noviembre al 10 de diciembre) para presentar la solicitud del pago de las ayudas una vez realizadas las actuaciones a subvencionar.
Aunque los beneficiarios finales son los agricultores asesorados, son las ASV las que, una vez reconocidas por la Consejería como entidades colaboradoras, tramitan las solicitudes de forma colectiva. No obstante, los agricultores tendrán que cumplimentar individualmente su solicitud y entregarlas en la ASV de su elección, incluso aunque no sean socios de la misma; si bien en este último caso el titular tendrá que sufragar en su justa proporción los costes del servicio.
El importe destinado al asesoramiento de cada agricultor se limitará a 1.500 euros, aunque no pasarán por su cuenta, sino que se destinarán a financiar los costes de personal, material, asesoramientos y formación de técnicos.
Glifosato: en abril el Parlamento decidirá si oponerse a la renovación de su autorización
La Comisión de Salud Pública, considera que, en vez de renovarse el uso del glifosato se debe encargar una revisión independiente y que se conozcan todas las evidencias científicas que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) está utilizando para evaluar este producto.
En la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria de la pasada semana (sesión de 21 de marzo) se aprobó, para su paso al Pleno, una resolución para solicitar a la Comisión Europea la no renovación de la autorización de uso del herbicida glifosato. El motivo de esta iniciativa es la persistencia, según la Comisión Parlamentaria, de las serias preocupaciones acerca de carcinogenicidad de este producto y sobre la posibilidad de provoque alteraciones del sistema endocrino. Leer Más…
Agrodigital, la web del campo: «Es obligatorio disponer del carné de aplicador para comprar productos fitosanitarios a partir del 26 de noviembre»
Los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deben estar en posesión de un carné que acredite conocimientos apropiados para ejercer su actividad, según los niveles de capacitación que establece la normativa vigente, a partir del 26 de noviembre de 2015, si bien queda eximido el personal las tareas del que no incluyan la venta ni la manipulación de productos fitosanitarios para uso profesional.








