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El nuevo sistema de plantaciones de viñedo en videos divulgativos del MAGRAMA

Plantación de Viñedo

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado en su página Web, dos videos divulgativos sobre las principales novedades normativas en el sector del vino: el Sistema de Información de Mercados del Sector Vitivinícola (INFOVI) y las autorizaciones de plantaciones de viñedo.

Estos videos exponen de forma gráfica los elementos más importantes de estos dos nuevos sistemas para el sector vitivinícola.

Con ellos se complementa la información ofrecida por el Departamento sobre el contenido y requisitos de estas dos nuevas normas, sobre las que ya se informó a través de folletos que se publicaron también en la página Web del Ministerio el pasado 10 de noviembre.

NOVEDADES NORMATIVAS

El Sistema de Información de Mercados del Sector Vitivinícola (INFOVI), está compuesto por el sistema de declaraciones obligatorias y el Registro de Operadores del Sector Vitivinícola (REOVI).

Este sistema para los operadores del sector, cuya aplicación se inició el pasado 1 de agosto, tiene como objetivo dotar de mayor transparencia al sector y proporcionar información agregada con carácter mensual. Permitirá tener un mayor conocimiento del seguimiento del mercado para tomar las decisiones en consecuencia.

La normativa sobre autorizaciones de plantaciones de viñedo ha quedado desarrollada en el Real Decreto publicado el 31 de julio del pasado año, en el que se regula el potencial de producción vitícola, y su aplicación afecta a las plantaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2016.

Nuevo Sistema de Autorizaciones de Plantaciones de Viñedo

Nuevo Sistema de Autorizaciones de Plantaciones de Viñedo

 

Declaraciones Obligatorias en el Sector Vitivinícola

Declaraciones Obligatorias en el Sector Vitivinícola

Castilla-La Mancha. En el DOCM de hoy: exámen de cazador, ampliación Laguna del Hito, más plazo para ayudas a la calidad agrolimentaria y convenio con el FEGA

cazador

El día 27 de enero el Diario Oficial de Castilla-La Mancha recoge diversas disposiciones que, en mayor o menor medida son de interés agrario.

Para empezar la Consejería ha decidido, a través de la Resolución de 20/01/2016, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, ampliar hasta el próximo 29 de febrero el plazo para solicitar las subvenciones para fomentar la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada, de las que informábamos en nuestra página web hace unos días. La Consejería ha adoptado esta prórroga para que las agrupaciones de productores, dentro de la línea de apoyo a las actividades información y promoción de productos de calidad, puedan solicitar subvenciones para su participación en los actos a celebrar con motivo de la designación de la ciudad de Toledo como «Capitalidad Española de la Gastronomía» durante 2016.

Por su parte la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, a través de dos Resoluciones de 21/01/2016, inicia el procedimiento de información pública y abre el período de trámite de audiencia a los interesados en alegar a la propuesta de ampliación de la zona especial de conservación (ZEC) y zona de especial protección de aves (ZEPA) del espacio Natura 2000 Laguna de El Hito. Durante un mes quienes se consideren afectados por la nueva delimitación podrán presentar sus alegaciones a la Consejería de Agricultura, siendo conveniente que lo hagan directamente Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales (Plaza de Cardenal Silíceo 2; 45071 Toledo) o en la Dirección Provincial de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Cuenca (c/ Colón 2; 16071 Cuenca). Como es conocido, la Junta de Comunidades ha puesto en marcha el procedimiento de la ampliación y declaración como Zona de Especial Conservación el área de la Laguna del Hito como medida para parar la implantación del cementerio nuclear o ATC (Almacen Temporal Centralizado) de Villar de Cañas (Cuenca) proyectado por el Gobierno de la Nación.

También en relación con la Red Natura 2000, la misma Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, mediante resolución emplaza a los posibles interesados a que puedan comparecer (en 9 días, que se entienden hábiles, desde el día siguiente al de publicación de la resolución) en el recurso contencioso-administrativo que el Ayuntamiento de Noblejas interpuso contra la declaración como Zona de Especial Conservación el lugar de interés comúnitario «Yesares del Tajo».

Asimismo, dependiente de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, se expone la convocatoria y bases del examen de cazador en Castilla-La Mancha. Las solicitudes para presentarse a las distintas convocatorias de pruebas que se producirán a lo largo del año 2016 son las siguientes:

  • Convocatoria de 16 de marzo: Del 27 de enero hasta el 18 de febrero de 2016
  • Convocatoria de 16 de junio: Del 27 de abril hasta el 18 de mayo de 2016.
  • Convocatoria de 16 de septiembre: Del 27 de julio hasta el 18 de agosto de 2016.
  • Convocatoria de 16 diciembre: Del 27 de octubre hasta el 18 de noviembre de 2016.

Por último, se hace público el Convenio entre el FEGA y la Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha para financiar los controles por teledeteción de parcelas a los efectos de comprobaciones sobre el terreno de las solicitudes PAC. En el caso de nuestra región, el Ministerio aportará a través del FEGA una partida como máximo de algo más de 521.000 euros, mientras que la Junta de Comunidades participará en los gastos con casi 335.500 euros.

Unión de Uniones pide al Ministerio de Agricultura que promueva una Ley Estatal del Régimen de ganadería integrada

Pollos

Unión de Uniones considera que, dada la dispersión de las regulaciones a nivel estatal y el alto número de explotaciones adscritas a este régimen, se debe potenciar una la Ley Estatal que consiga dotar de mayor seguridad, equilibrio y transparencia a este sistema de gestión

La Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos ha dirigido a la Ministra de Agricultura una petición para promover una Ley con el objetivo de regular el Régimen de ganadería integrada a nivel del Estado, ya que la actual es incompleta y se halla dispersa entre diferentes regulaciones.

De acuerdo con su definición, este régimen tiene una serie de connotaciones en cuanto a las relaciones entre los productores y la industria que la diferencian de otros tipos de ganadería, por lo que, dado el vínculo contractual que los une, resulta necesario delimitar específicamente cuáles son las obligaciones y responsabilidades tanto del ganadero, como de la empresa integradora respecto de los ámbitos zoosanitario y ambiental, así como regular las condiciones económicas y sanciones en caso de incumplimiento.

El régimen de ganadería integrada, según se define en la Ley de Sanidad Animal es aquella relación contractual ganadera en la cual una parte, denominada integrador, se obliga a aportar los animales y/o o los productos para la alimentación animal, productos sanitarios y asistencia veterinaria, y la otra, denominada ganadero integrado, aporta los servicios de alojamiento del ganado, instalaciones, mano de obra y cuidados a los animales. A estos efectos, el integrador o el integrado pueden ser personas físicas o jurídicas, incluidas las entidades asociativas agrarias de cualquier tipo.

A pesar de no existir estadísticas oficiales sobre el régimen de integración ganadera (grado implantación, remuneración recibida, condiciones contractuales…) se estima que en el sector de avicultura de carne  (broiler) la cifra es de entre el 90 y el 98 % de la producción.

En el caso de la cría y engorde de porcino este régimen de producción puede suponer entre el 60-70 %, y en ciclo cerrado, es del orden del 30 %. En cuanto al bovino de engorde, la presencia de explotaciones en integración es menor y, además, más variable según las zonas productivas.

Algunas comunidades autónomas, como Cataluña, ya han recogido la necesidad latente en el sector y disponen de una ley de contratos de integración.

Unión de Uniones considera que, dada la dispersión de las regulaciones a nivel estatal, el alto número de explotaciones adscritas a este régimen y teniendo en cuenta que ya las comunidades autónomas están tomando la iniciativa, el Ministerio de Agricultura debiera estudiar la redacción de una la Ley, donde se establezca un marco normativo estatal que consiga dotar de mayor seguridad, equilibrio y transparencia a este régimen de gestión. Así, la organización ha manifestado este hecho en un escrito presentado al MAGRAMA el pasado día 21 de enero, acompañado de un informe sobre la implantación de la ley y la legislación vigente.

 

Publicado en el FEGA el listado de ganaderos de vacuno de leche beneficiarios de las ayudas «de mínimis»

Vacuno de leche

El pasado 9 de enero se publicaba en el BOE la Resolución del 23 de diciembre de 2015 del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) que resolvía las ayudas acogidas al régimen de mínimis establecidas para los ganaderos de vacuno de leche con motivo de la crisis de precios por la que atraviesa el sector productor.

A estas ayudas, debido al procedimiento de concesión decidido por el Ministerio de Agricultura, sólo han optado apenas una decena de ganaderos de Castilla-La Mancha, de los casi 7.000 beneficiarios de toda España, pero principalmente de Galicia que reúne a casi el 85 % de los ganaderos que recibirán este pago.

La Unión de Uniones rechazó el desequilibrio en el reparto de las subvenciones a los ganaderos en crisis, que afectan tanto a estas ayudas por un montante de 2o millones de euros, como a las establecidas con fondos comunitarios por un global de otros 25,5 millones de euros, y presentó al Ministerio una propuesta de distribución más equitativa que, finalmente, no ha sido tenida en cuenta.

En cualquier caso, el BOE anunciaba que, una vez revisados los expedientes y resultas las alegaciones presentadas, en la página web del FEGA se publicaría la relación de beneficiarios finales. Dicha relación ha sido colgada hoy junto con la de desestimaciones de la ayuda por unos u otros motivos. Los listados publicados son los siguientes:

Anexo I. Alegaciones desestimadas por cuestiones de plazo.

Anexo II. Expedientes sin ayudas por incompletos o no cumplimiento de las condiciones.

Anexo III. Relación de beneficiarios y ayudas aprobadas.

Anexo IV. Alegaciones desestimadas por incumplimiento de las condiciones.

Contra la resolución del FEGA se puede interponerse recurso de alzada ante la Ministra en el plazo de un mes desde su publicación en el BOE, o sea, hasta el 9 de febrero próximo.

Así funciona el nuevo régimen de autorizaciones de viñedo en Castilla-La Mancha


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En anteriores entradas de nuestra página web hemos ido informando acerca de lo que se iba sabiendo del nuevo sistema de autorizaciones de viñedo que, desde el pasado 1 de enero, sustituye al anterior mecanismo de derechos de plantación. Hasta ahora se contaba con lo regulado por los Reglamentos comunitarios y, más específicamente para España, con el Real Decreto 740/2015 del Ministerio de Agricultura, sin embargo no contábamos con la normativa regional propia de nuestra Comunidad Autónoma. Esto se ha subsanado con la publicación el día 30 de diciembre en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Orden de 23/12/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha. Leer Más…

La PAC y sus 40 modificaciones.

Recolección aceituna

Los jóvenes agricultores accederán a la Reserva de Derechos si tienen capacitación suficiente.

En recintos arrendados no habrá que indicar el NIF del propietario si son de 2 Has., o menos.

Este año las cesiones de derechos se comunicarán entre el 1 de febrero y la fecha final de presentación de la PAC.

El pasado 30 de diciembre se publicaba en el BOE el Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre que introduce determinados ajustes y modificaciones en los Reales Decretos 1075/2014; 1076/2014 y 1077/2014, que regulan el Régimen de Pago Básico y otras ayudas directas, así como el SIGPAC. Leer Más…

En Castilla-La Mancha, los equipos de aplicación de fitosanitarios se inspeccionarán todos antes del 26 de noviembre de este año

Equipo Fitosanitario

Así se establece en el Programa de Inspección de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios para 2016 aprobado por la Consejería de Agricultura y publicado hoy en el Diario Oficial de la Región, en cumplimiento del Real Decreto 1702/2011 de uso sostenible de los productos fitosanitarios.

El plan relaciona los equipos que se deben someter a una inspección en una Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios antes del próximo 26 de noviembre, siendo los siguientes:

  • Los Equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios, inscritos en el ROMA y que correspondan a algunos de los siguientes géneros de máquinas:
  1. Pulverizadores hidráulicos (de barras o pistolas de pulverización).
  2. Pulverizadores hidroneumáticos.
  3. Pulverizadores neumáticos.
  4. Pulverizadores centrífugos.
  • Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.
  • Equipos de aplicación montados a bordo de aeronaves, que deberán disponer de la mejor tecnología disponible para reducir la deriva de la pulverización.

Están excluidos los pulverizadores de mochila, los de arrastre manual (carretilla) con depósito de hasta 100 litros y el resto de equipos no contemplado en el listado anterior.

Al margen de esta inspección obligatoria para los equipos reseñados antes del 26 de noviembre, se fijan periodicidades para las inspecciones ordinarias, de manera que:

  • Equipos nuevos Prioritarios: Al menos deberán estar inspeccionados una vez en los primeros 5 años y cada 3 años en inspecciones posteriores.
  • Resto de equipos nuevos: Al menos deberán estar inspeccionados una vez en los primeros 5 años y cada 5 años en inspecciones posteriores.

Se consideran equipos prioritarios aquellos cuya titularidad sea de Empresas de Servicios, ATRIAS y cooperativas u otras agrupaciones de agricultores; así como los equipos automotrices, los arrastrados y los de mayor antigüedad.

No obstante lo anterior, a partir de 2020 todos los equipos deben pasar una inspección cada tres años.

Las inspecciones deben pasarse en las instalaciones fijas o en los equipos móviles de Estaciones habilitadas por la Consejería de Agricultura. La administración y las estaciones han elaborado una planificación de las inspecciones en las que se han programado en cuáles comarcas se harán las inspecciones en cada trimestre.

La planificación se ha diseñado con el objetivo de intentar garantizar que la distancia máxima a la que deban desplazarse los equipos sea de no más de 15 kilómetros.

Es obligación de los agricultores ponerse en contacto con la Estación de Inspección para pasar la revisión como muy tarde en el trimestre previsto para su comarca, aunque la pueden realizar antes si quieren y la Estación lo acepta. Si la inspección no puede pasarse en el plazo previsto el agricultor debe justificar los motivos ante la Consejería de Agricultura indicando también la Estación y fecha en la que van a hacer la revisión, teniendo en cuenta, además, que no se admite más de un mes de retraso a partir de acabar el trimestre correspondiente a su comarca.

En total, la Consejería ha contabilizado que 24.922 equipos serán los que deban pasar las inspecciones este año.

Hacienda mantiene para 2016 la reducción del 5 % del rendimiento neto por módulos y rebaja los de vacuno de leche y patata.

La Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, publicada hoy en el BOE, desarrolla para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. Leer Más…

Comarcas albaceteñas pasan de ser zona restringida del serotipo 1 de lengua azul al serotipo 4

Caprino

El Ministerio de Agricultura ha publicado hoy en el BOE laResolución de 5 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se modifican las zonas restringidas incluidas en los anexos I y II de la Orden AAA/1424/2015, de 14 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

Esta disposición introduce cambios en la configuración de las zonas restringidas frente a los serotipos 1 y 4 de la Lengua Azul.

En lo que se refiere a Castilla-La Mancha, se mantienen en el listado de áreas del serotipo 1:

En la provincia de Toledo:

  • Las comarcas veterinarias de Belvís de la Jara y Oropesa.
  • En la comarca veterinaria de Navalmorales: El municipio de San Bartolomé de las Abiertas.
  • En la comarca veterinaria de Talavera de la Reina: Los municipios de Almendral de la Cañada, Buenaventura, Calera y Chozas, Castillo de Bayuela, Cazalegas, Cervera de los Montes, El Real de San Vicente, Hinojosa de San Vicente, Marrupe, Mejorada, Montesclaros, Navamorcuende, Pepino, La Iglesuela, La Pueblanueva, Las Herencias, San Román de los Montes, Sartajada, Segurilla, Sotillo de las Palomas, Talavera de la Reina y Velada.

En la provincia de Ciudad Real: Las comarcas veterinarias de Almadén, Almodóvar del Campo y Piedrabuena (antiguas comarcas de Piedrabuena y Horcajo de los Montes).

No obstante, las comarcas albaceteñas de Alcaráz y Yeste, que hasta ahora eran también restringidas frente a serotipo 1, dejan de serlo y pasan a incorporarse a la relación del serotipo 4, junto con Elche de la Sierra, Balazote y Yeste en Albacete y las provincias de Toledo y Ciudad Real en su conjunto.

El resto de áreas restringidas tal y como han quedado con la última actualización efectuada por el Ministerio pueden consultarse en la Resolución citada.

Los viticultores en reestructuración tienen que adaptarse al nuevo sistema de autorizaciones

Viñedo Lillo (Toledo)

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha ha publicado hoy en el diario oficial de la Comunidad Autónoma la Orden de 03/11/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 04/12/2013, que establece las normas de los planes de reestructuración de viñedo.

Los cambios introducidos obedecen a la necesidad de adaptar la disposición a la nueva situación creada con la sustitución, a partir del 1 de enero de 2016, de los derechos de plantación actuales por el nuevo sistema de autorizaciones de plantación. Leer Más…